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Logo del de APC Colombia, en la parte de arriba el escudo de Colombia, abajo la APC Colombia, abajo tres franjas con los colores de la bandera de Colombia

Participación Ciudadana

El objetivo de este espacio es contar con un diálogo permanente con los ciudadanos y que los mismos conozcan los canales o mecanismos a través de los cuales pueden participar y opinar sobre las actuaciones de APC-Colombia.


El artículo 5° de la Ley 1437 de 2011
"Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" establece:

En sus relaciones con las autoridades toda persona tiene derecho a:

  1. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto.Las anteriores actuaciones podrán ser adelantadas o promovidas por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad, aún por fuera de las horas de atención al público.
  2. Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
  3. Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes.
  4. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto.
  5. Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona humana.
  6. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
  7. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas.
  8. A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el procedimiento correspondiente.
  9. Cualquier otro que le reconozca la Constitución y las leyes.

Estrategia de Atención a la Ciudadanía

     

     

    Modificado el Vie, 11/09/2020 - 10:41