El Fondo para la Paz integra el marco de cooperación acordado con Colombia por la UE y los Estados miembros desde hace más de una década contribuyendo a promover la consolidación de la paz y el desarrollo económico y social local a través de programas como los Laboratorios de Paz, Nuevos Territorios de Paz, Desarrollo Regional Paz y Estabilidad, entre otros como convocatorias a la sociedad civil en temas de derechos humanos, género, juventud, etc.
El Fondo Fiduciario entrará a complementar otras iniciativas del orden nacional, local y de la cooperación ya existentes en el territorio, de esta manera se evitará la duplicidad de acciones mediante un diálogo y una coordinación con el Gobierno colombiano, los Estados miembros de la UE y otras agencias internacionales.
De conformidad con los anteriores sectores o temas, la convocatoria implementa los principios de: inclusión, enfoque diferencial, enfoque territorial y alineación. Estos principios están consagrados en la Estrategia del Fondo para la Paz de la Unión Europea, y serán tenidos en cuenta para la convocatoria.
Las acciones deberán tener lugar en los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación, así como en los municipios y zonas aledañas a los mismos.
Solicitante principal
1) Para poder optar a una subvención, el solicitante principal deberá:
• Ser una persona jurídica
• No tener ánimo de lucro
• Pertenecer a una de las siguientes categorías específicas:
•Organización de la Sociedad Civil o ser una Autoridad Pública Local
• Estar establecido en un Estado Miembro de la Unión Europea, en el espacio económico europeo, en Europa o en Colombia
• Ser directamente responsables, con sus cosolicitantes y otras entidades afiliadas, de la preparación y gestión de la acción y no limitarse simplemente a actuar como intermediario
• Tener experiencia en el trabajo con población reincorporada (reintegración) comprobable de por lo menos 2 años consecutivos. Así mismo es fundamental, acreditar experiencia de por lo menos 3 años en otras áreas relevantes, tales como: fortalecimiento de capacidades, desarrollo de metodologías innovadoras para la inclusión y el trabajo colectivo,
resiliencia, transferencia de conocimientos para el trabajo, artes y oficios, procesos asociativos y productivos, así como experiencia en materia de género y proyectos con enfoque diferencial (género, etnias, población en condición de discapacidad, LGTBI), desarrollo territorial.
Los solicitantes potenciales que se encuentren en una de las situaciones enumeradas en la sección 2.3.3 de la Guía Práctica no podrán participar en las convocatorias de propuestas ni optar a una subvención.
Cosolicitante: En el caso de solicitantes prioncipales que no sean de nacionalidad colombiana (OSC europeas), deberá presentarse con mínimo una OSC colombiana como cosolicitante. La existencia de por lo menos un (1) cosolicitante y hasta máximo dos (2) cosolicitantes es obligatoria.
Los cosolicitantes participarán en el diseño y la ejecución de la acción, y los costes en los que incurran serán elegibles de la misma manera que los efectuados por el solicitante principal.
Los cosolicitantes deberán cumplir los siguientes criterios de elegibilidad:
• Ser una persona jurídica
• No tener ánimo de lucro
• Pertenecer a una de las siguientes categorías específicas: organización de la sociedad civil (OSC) o ser una Autoridad Pública Local
• Estar establecido en un Estado Miembro de la Unión Europea, en el espacio económico europeo, en Europa o en Colombia
• Ser directamente responsables, con sus cosolicitantes y otras entidades afiliadas, de la preparación y gestión de la acción y no limitarse simplemente a actuar comointermediario.
Los cosolicitantes deben firmar el mandato de la sección 4 del anexo A.2.
En caso de adjudicarse el contrato de subvención, los cosolicitantes (en su caso) pasarán a ser beneficiarios de la acción (junto con el coordinador).
Pueden aplicar entidades afiliadas, asociados y contratistas al proyecto del solicitante principal.
Fortalecer y complementar la estrategia acordada entre el Gobierno y las FARC para implementar los procesos de reincorporación a través iniciativas definidas desde los territorios, que permitan hacer efectivos los mecanismos consagrados en el Acuerdo de Paz, desde un enfoque integral, inclusivo y diferencial.
Para participar en la presente convocatoria de propuestas, los solicitantes principales deberán hacer lo siguiente:
I. Proporcionar información sobre las organizaciones participantes en la acción. Téngase en cuenta que, para la presente convocatoria, el registro de estos datos en PADOR es obligatorio.
-Etapa del documento de síntesis: el registro es obligatorio para los solicitantes principales que soliciten una contribución de la UE superior a 60.000 EUR.
-Etapa de la solicitud completa: el registro es obligatorio para los cosolicitantes y las entidades afiliadas. Los solicitantes principales deben asegurarse de que su perfil de PADOR esté actualizado.
II. Proporcionar información sobre la acción en los documentos enumerados en las secciones 2.2.2 (documento de síntesis) y 2.2.5 (solicitud completa). Téngase en cuenta que, para la presente convocatoria, la presentación en línea a través de PROSPECT es obligatoria.
PADOR es una base de datos en línea en la que las organizaciones se inscriben y actualizan sus datos. Las organizaciones registradas en PADOR obtienen un número de identificación único (EuropeAid ID) que deberán mencionar en su solicitud. Se puede acceder a PADOR a través de la página web: http://ec.europa.eu/europeaid/pador_en
Se recomienda encarecidamente registrarse en PADOR con suficiente antelación y no esperar hasta el último minuto antes de la fecha límite para enviar la solicitud vía PROSPECT.
Si resulta imposible realizar el registro en PADOR a través de internet por motivos técnicos, los solicitantes o las entidades afiliadas deberán rellenar el formulario «PADOR sin conexión 14» anexo a la presente Guía. Este formulario deberá enviarse junto con la solicitud antes de la fecha límite de envío (véanse las secciones 2.2.2 y 2.2.5).
Antes de empezar a utilizar PADOR y PROSPECT, lea las guías para el usuario disponibles en el sitio web. Todas las preguntas técnicas relacionadas con la utilización de estos sistemas deberán dirigirse al servicio de asistencia informática (EuropeAid-IT-support@ec.europa.eu) a través del formulario en línea de PROSPECT.
El documento de síntesis, junto con la declaración del solicitante principal (sección 2 del anexo A.1) deberá presentarse en línea a través de PROSPECT (https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/prospect) siguiendo las instrucciones que se proporcionan en el manual para el usuario de PROSPECT. Previa presentación de un documento de síntesis en línea, el solicitante principal recibirá automáticamente un acuse de recibo en su perfil de PROSPECT. Téngase en cuenta que los documentos de síntesis incompletos podrán ser rechazados.
Los formularios de solicitud completos, junto con el presupuesto, el marco lógico y la declaración del solicitante principal deberán presentarse a través de internet por medio de PROSPECT https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/prospect/ siguiendo las indicaciones del manual para el usuario.
El importe indicativo global asignado a la presente convocatoria de propuestas es de € 3.000.000 EUR. El Órgano de Contratación se reserva el derecho de no adjudicar todos los fondos disponibles. Igualmente, se reserva el derecho de incrementar la dotación financiera así como la duración de la lista de reserva.
Cuantía de las subvenciones:
Toda subvención solicitada en virtud de la presente convocatoria de propuestas deberá estar comprendida entre los siguientes importes mínimo y máximo:
• importe mínimo: 400.000 EUR
• importe máximo: 1.000.000 EUR
Toda subvención solicitada en virtud de la presente convocatoria de propuestas deberá estar comprendida entre los siguientes porcentajes mínimos y máximos del total de los costes elegibles de la acción:
Para todos los solicitantes:
• Porcentaje mínimo: 60 % del total de los costes elegibles de la acción.
Para solicitantes principales de nacionaliadad Colombiana:
• Porcentaje máximo: 90 % del total de los costes elegibles de la acción (véase también la sección 2.1.5).
Para solicitantes principales de otra nacionalidad (OSC europeas):
• Porcentaje máximo: 80 % del total de los costes elegibles de la acción (véase también la sección 2.1.5)
En el link de la página web se encuentran los documentos pertinentes para esta convocatoria.